#CHILE. CÁMARA APRUEBA PROYECTO QUE ESTABLECE FERIADOS DÍAS 17 Y 20 DE SEPTIEMBRE
Se aprueba indicación de diputados Rincón, Ascencio, Walker y Sabag Bancada pide, además, un Bono Bicentenario.
Tras la votación, el diputado Rincón manifestó su satisfacción señalando que “la idea es que todos los chilenos tengan la posibilidad de celebrar como corresponde esta fiesta del bicentenario, considerando, además, que en la práctica, el día 20 de septiembre era insuficiente y que, en rigor, las actividades de celebración de hecho comenzarán el día
El proyecto aprobado considera, además, que los trabajadores del comercio, incluyendo centros comerciales y malls, tendrán también libres esos días.
El jefe de la bancada de diputados DC, Patricio Vallespin, agregó que “además de apoyar estos cambios, estamos pidiendo también un bono bicentenario, que colabore para que las familias chilenas no sólo tengan los días feriados, sino un pequeño bono que colabore en esta celebración”.
Los Diputados Patricio Hales (PPD) y Jorge Burgos (DC), miembros de
El diputado Patricio Hales, presidente de la instancia sostuvo que “la presencia de
“El artículo 8, número 3 de
Por su parte, el diputado Jorge Burgos (DC), afirmó que “de no ocurrir tal renuncia en las próximas 72 horas, los diputados acudirán a
Burgos explicó que “conforme a lo dispuesto en el ley, son inhábiles para desempeñar el cargo de consejero, las personas que se encuentren en alguno de los casos contemplados en el artículo 80 del estatuto Administrativo”, precisando que “el artículo 80 del Estatuto Administrativo indica, a su vez, que todos los empleos que se refiere el estatuto, serán incompatibles entre sí. Lo serán también con todo otro empleo o toda otra función que se preste al Estado.”
“María Luisa Brahm, según información de prensa no debatida, es una de las funcionarias públicas mejor remuneradas del aparato del Estado, sirve en el gabinete del señor Presidente. Función que es remunerada con recursos fiscales. No puede entonces coetáneamente recibir otra remuneración, por clara disposición de las normas legales”, puntualizó el parlamentario.
#CHILE. CONCERTACIÓN EMPLAZA AL MINISTRO DE SALUD TRAS GRAVE RECORTE PRESUPUESTARIO
- Parlamentarios Victor Torres (DC), Manuel Monsalve (PS), Juan Luis Castro (PS) y Enrique Accorsi (PPD) pidieron hoy dejar sin efecto el recorte que puede significar la muerte de los enfermos de Tirosimenia, enfermedad genética de alto costo farmacológico.
Pidieron, además, la creación de un Fondo público-privado que se haga cargo de esta y otras enfermedades.
Un emplazamiento al Ministro de Salud para que entregue una solución inmediata al recorte presupuestario, que está afectando el financiamiento de los fármacos que requieren los enfermos de una compleja enfermedad conocida como Tirosinmeia, efectuaron hoy en
Lo anterior, acompañados de la madre de una de las niñas enfermas, Soledad Valle, quien explicó que el costo mensual de la droga que se requiere para el tratamiento, es de 10 millones de pesos.
Según lo explicado por el doctor y diputado DC Víctor Torres, “estamos pidiendo que se dejen sin efecto los recortes, y que se busque una solución a la brevedad, pues se trata de la vida de los menores enfermos. Por otra parte, hacemos un llamado al Gobierno para que se envié un proyecto de ley que cree un Fondo especial público-privado, que puede hacerse cargo de esta y otras enfermedades que, si bien son de baja ocurrencia, son de tratamientos carísimos”.
Al respecto, el diputado PS Manuel Monsalve señaló que “esto es como entrar a
Monsalve agregó que “no entiendo cómo un gobierno que quiere colocar el sello de la defensa de la familia y la vida una de las primeras decisiones que toma en el ámbito de la salud implica la pérdida de la vida de nueve niños en Chile. Yo espero que el ministro reflexione y que cambie de actitud, porque aquí no hay justificación financiera que explique esta decisión.
Finalmente, el diputado Juan Luis Castro agregó que “el ministro condenó a la muerte a estos niños. Le tiene que dar una explicación al país por esto. No hay explicación financiera que justifique esta decisión.
#CHILE. BANCADA DE DIPUTADOS DC RECHAZA CATEGÓRICAMENTE ACUSACIONES DEL GOBIERNO
Como “inaceptables y parte de un chantaje social” calificaron hoy los diputados de
Así lo explicó el jefe de bancada, Patricio Vallespin, quien aseguró que “aquí, lo único prehistórico es que el Gobierno no dice la verdad, y maneja la información en forma antojadiza, intentando chantajearnos en un tema de enorme sensibilidad. Nuestra postura se fundamenta en aspectos éticos y principios claros, garantizar que efectivamente se recauden los recursos necesarios y que quienes tienes más, aporten más”.
El jefe de la bancada señaló que “decirle al país que nos estamos oponiendo en forma egoísta es falso, erróneo e inaceptable. Seamos claros, el proyecto, así como está, no garantiza los fondos que se requieren para la reconstrucción y constituye una enorme irresponsabilidad fiscal. El alza de impuestos a las grandes empresas debe ser permanente, de lo contrario, sólo estamos beneficiando a los sectores de mayores recursos con franquicias y rebajas que terminarán por anular una alza de impuestos absolutamente engañosa”.
Finalmente, Vallespin lamentó que el Gobierno esté recurriendo a esta actitud, señalando que “lo que esperábamos era una disposición a conversar, a entender que estamos disponibles en la medida que el proyecto no sea engañoso y que, efectivamente, se cumpla el objetivo de ayudar a quienes han resultado damnificados y poder reconstruir en forma transparente y con el principio rector que hemos sustentado desde un comienzo: que los sectores de mayores ingresos aporten más a este proceso y que no sean los sectores medios y más vulnerables los que terminen pagando el costo”.
Queridos jóvenes
El candidato se comprometió a promover una política de carácter juvenil amplia e incluyente que respalda aun mas, que la organización NG proclame oficialmente su adhesión a la decisión de las directrices del Partido Conservador Colombiano.
Con aprecio,
Ana Cecilia Torres Calero
Presidenta Organización Nuevas Generaciones
Partido conservador Colombiano
Que todos los cubanos dentro y fuera que apoyen esta ley para que podamos entrar y salir libremente de nuestro propio país algo que hasta ahora no es un derecho ni en la ley ni en los hechos. Para que tengamos TODOS LOS DERECHOS COMO CUBANOS; donde quiera que vivamos
PETICIÓN CIUDADANA A
PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE LEY DE REENCUENTRO NACIONAL (PROYECTO HEREDIA)
Señor Ricardo Alarcón de Quesada
Presidente de
Señores Diputados a
Estimados compatriotas:
Nosotros, ciudadanos cubanos, apoyados en el artículo 63 de
CONSIDERANDO: Que
CONSIDERANDO: Que los estados signatarios de
CONSIDERANDO: Que el estado cubano propuso y patrocinó en Diciembre de 1998, en
CONSIDERANDO: Que algunas regulaciones vigentes y prácticas violan los derechos de los ciudadanos cubanos de viajar, de salir libremente de Cuba y de regresar libremente a Cuba y a su vez niegan estos derechos a los cubanos que residen de manera permanente fuera de Cuba.
CONSIDERANDO: Que muchas familias cubanas sufren la separación por vivir algunos de sus miembros en otros países y por las restricciones de las regulaciones y las prácticas de las instituciones oficiales que les impiden el libre encuentro y la reunificación en su propio país.
CONSIDERANDO: Que el artículo 42 de
CONSIDERANDO: Que existen regulaciones y prácticas que violan los artículos 9, inciso b) y 43 de
CONSIDERANDO: Que el artículo 63 de
CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de
SOLICITAMOS: Que
Deseándoles a ustedes Diputados, a sus familias y a todas las familias cubanas la paz y la felicidad en estas Navidades y el próximo año 2008.
Respetuosamente,
Oswaldo José Payá Sardiñas Minervo Lázaro Chil Siret
PROYECTO DE LEY ASI TITULADO EN HOMENAJE AL POETA Y PATRIOTA CUBANO DESTERRADO DON JOSÉ MARÍA HEREDIA.
PROYECTO DE LEY DE REENCUENTRO NACIONAL
POR CUANTO: El artículo 1 de
POR CUANTO: El artículo 42 de
POR CUANTO: El estado cubano propuso y patrocinó en Diciembre de 1998, en
POR CUANTO: Es necesario promulgar una ley que reconozca y garantice el derecho a la libertad universal de viajar, facilite la reunificación de las familias cubanas dentro del país y supere prácticas discriminatorias contra los cubanos por su condición de cubanos, por ser de una determinada región del país o por sus ideas políticas y religiosas.
POR CUANTO: El artículo 70 de
POR CUANTO: El artículo 75 de
POR TANTO:
LEY DE REENCUENTRO NACIONAL
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1.1—Esta Ley tiene como finalidad recuperar algunos derechos ciudadanos, consagrados por
2—En consecuencia con el apartado anterior esta ley facilita el libre contacto y encuentro entre los miembros de las familias cubanas y su reunificación voluntaria en nuestro país, garantiza los derechos a la libre circulación y selección de su lugar de residencia a todos los cubanos dentro en nuestro país, garantiza a los cubanos el derechos de salir libremente de Cuba y el derecho de entrar libremente a Cuba y permanecer si es su voluntad, disfrutando de todos los derechos reconocidos a los cubanos en
CAPÍTULO II
DE
ARTÍCULO 2—Se proclama la condición plena de cubanos de todos los exiliados y emigrados, y de sus hijos, y se les restituyen todos los derechos plenos como ciudadanos cubanos, incluido el de regresar y establecerse en su Patria. Las regulaciones que se establezcan serán para facilitar el ejercicio de este derecho de manera rápida, ordenada y segura y nunca para negar este derecho a ningún cubano
ARTÍCULO 3—Los hijos de los ciudadanos cubanos podrán acogerse a la ciudadanía de sus padres. Para ello sólo se requerirá que la soliciten.
ARTÍCULO 4.1—Los cubanos que hayan perdido su ciudadanía cubana podrán recuperarla previo trámite de reclamación.
2—Al ser aprobada esta Ley, las instituciones oficiales cubanas establecerán las regulaciones que garantizarán en la práctica las facilidades para que los cubanos relacionados en los apartados anteriores de este artículo y en los artículos 2 y 3 de esta ley, puedan obtener su pasaporte cubano y otros documentos que testifiquen su condición de ciudadano cubanos en un plazo no mayor a los treinta días a partir de presentada la solicitud por escrito del interesado ante las autoridades consulares o las autoridades dentro de Cuba mediante familiares o representantes legales. En la solicitud de ciudadanía o pasaporte, solamente será necesario demostrar mediante pasaporte de cualquier país, certificación de nacimiento o declaración jurada, que el solicitante ha nacido en Cuba o que uno de sus progenitores nació en Cuba. Si la persona solicitante es menor de edad la solicitud deberá hacerla al menos uno de sus progenitores.
CAPÍTULO III
DE
ARTÍCULO 5—Todos los ciudadanos cubanos, hombres y mujeres, residan en Cuba o en el extranjero, de manera temporal o permanente, gozan de todos los derechos ciudadanos consagrados en
ARTÍCULO 6—Cesa toda práctica discriminatoria contra los ciudadanos por su condición de cubanos. Todos los cubanos podrán disfrutar de todos los hoteles, playas, balnearios, restaurantes y centros de recreación. También podrán utilizar, sin separación, todos los medios de transporte público y tendrán acceso libre e igual a
ARTÍCULO 7—Cesa toda práctica discriminatoria contra los ciudadanos por sus opiniones políticas o creencias religiosas. Todos los cubanos tienen derecho a ocupar cualquier puesto de trabajo o cargo según sus capacidades y a cursar estudios universitarios en cualquiera de los centros de educación superior del país. Se elimina la práctica discriminatoria y excluyente de que “la universidad es para los revolucionarios”. La violación de este artículo será sancionada por la ley.
CAPÍTULO IV
DE
ARTÍCULO 8—Los cubanos pueden circular libremente por todo el país y establecer su domicilio en la provincia y zona de su elección. Ningún cubano puede ser declarado ilegal en su propio país.
ARTÍCULO 9—Se prohíbe el destierro interno. Ningún cubano puede ser excluido de residir, visitar o transitar por alguna provincia o zona del país.
ARTÍCULO 10—Se proscribe la categoría de “Zona Congelada” aplicada a barrios y áreas residenciales privilegiadas exclusivas, restringidas para la mayoría de los cubanos, por constituir una forma de discriminación contra los cubanos en su propio país y una violación de
ARTÍCULO 11—Todo ciudadano cubano tiene derecho a establecer contrato de trabajo dentro y fuera de Cuba; tanto por entidades estatales como privadas y a recibir íntegramente, el salario convenido como fruto de su trabajo, cumpliendo con los impuestos establecidos por la ley; y a que se le respete sus derechos laborales.
ARTÍCULO 12—Todo ciudadano cubano tiene derecho a viajar al extranjero. Para ello sólo necesitará presentar su pasaporte actualizado en los puertos marítimos o aéreos establecidos legalmente.
ARTÍCULO 13—Todo ciudadano cubano tiene derecho a emigrar, sin que esto menoscabe su condición de cubano ni constituya motivo de descalificación o difamación. Se elimina la excluyente y ominosa categoría de “Salida Definitiva” para los ciudadanos que han emigrado o deseen emigrar. Se respetarán en todo momento, las propiedades, cuentas bancarias y bienes de los cubanos que emigren a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, así como sus derechos ciudadanos.
ARTÍCULO 14—Ningún cubano que desee emigrar podrá ser castigado, de ninguna forma, por este motivo. Por tanto, no se les pueden imponer obligaciones de trabajo ni condiciones o plazos de espera, para ejercer su derecho a salir libremente del país.
ARTÍCULO 15—Se elimina tanto la obligación de presentar una “Carta de Invitación”, como de solicitar un permiso de salida del país y una “Carta de Liberación” o permisos del centro de trabajo, para poder salir al exterior, ya sea para viajar temporalmente o para emigrar. Ningún cubano tendrá que realizar trámites migratorios en oficinas oficiales para viajar fuera del país, salvo en los casos de menores de edad para notificar la autorización de sus padres o tutores.
ARTÍCULO 16—Cesa toda práctica del Ministerio del Interior, de abrirle un expediente y una investigación al ciudadano que quiera salir de Cuba.
ARTÍCULO 17—Los trámites para viajar al extranjero y para emigrar, se cobrarán en pesos cubanos, y en un monto acorde al poder adquisitivo de los ciudadanos.
ARTÍCULO 18—Todo cubano que resida en el exterior, ya sea de forma temporal o permanente, podrá entrar y permanecer en territorio nacional y salir de él, sólo con la presentación de su pasaporte o documento legal autorizado. Se elimina la necesidad de obtener una visa o permiso especial para entrar a Cuba, a los cubanos que residen en el exterior por cualquier causa.
ARTÍCULO 19—Todos los cubanos que residan en el exterior, pueden regresar a vivir en Cuba de forma temporal o permanente, según su propia decisión; para ello deberán formalizar su solicitud de residencia en Cuba una vez que hayan regresado al país.
ARTÍCULO 20— Ningún cubano podrá ser expatriado. Tampoco se le podrá prohibir la entrada en territorio de
ARTÍCULO 21—Se proscribe toda clasificación y práctica discriminatoria contra los cubanos exiliados, o que hayan emigrado o que emigren por cualquier causa.
CAPÍTULO V
DE
ARTÍCULO 22.1—Todo ciudadano cubano tendrá el legítimo derecho de continuar habitando su casa y nadie podrá despojarlo o privarlo de su propiedad o del inmueble que habita legalmente. Nadie podrá reclamar a ninguna familia, y tampoco al Estado, una vivienda que el Gobierno le haya confiscado antes de la entrada en vigor de esta Ley y que esté habitada legalmente por otra familia, a la que tampoco podrá reclamársele indemnización.
2—No se aceptarán ni se procesarán reclamaciones de devolución, indemnización o compensación por casas y otros inmuebles que estén habitados legalmente por individuos o familias y constituyan su vivienda familiar; ni se reconocerán reclamaciones similares de ciudadanos cubanos a través de otros estados.
3—Tampoco podrán devolverse a sus antiguos dueños o descendientes, ni privatizarse, propiedades que tengan una función social o en las que estén instalados centros o instituciones, como son, entre otras: escuelas, círculos infantiles, centros educativos, culturales y de promoción social y humana, hospitales, policlínicos, casas del médico de la familia, hogares de ancianos y de maternidad y centros relacionados con la salud, viviendas o comunidades de viviendas, parques, círculos sociales, acueductos, tierras que hayan sido entregadas a campesinos, áreas de playas, campismos y otras áreas naturales de recreación, vías de comunicación, presas, canales, parques naturales, áreas protegidas, terrenos deportivos, cuencas y bahías, manantiales, minas y yacimientos, funerarias, puertos, terminales de ómnibus y ferrocarriles, aeropuertos, áreas de circulación y uso público y cualesquiera otros terrenos, industrias, empresas, instituciones e instalaciones de interés nacional y beneficio colectivo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA:
SEGUNDA: Se derogan cuantas disposiciones legales o reglamentarias se opongan a lo dispuesto en la presente Ley, que comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en
El coordinador del Movimiento Cristiano Liberación (MCL), Oswaldo Payá Sardiñas, trasladó la lucha pacífica por la democracia en Cuba a un nuevo escenario: la red social Facebook.
A través de posts, el líder disidente dialoga con ya cerca de dos mil contactos sobre la realidad cubana. Además rememora hechos protagonizados por la resistencia pacífica en años anteriores y critica el engaño y la represión en que viven los cubanos dentro de la isla, gracias a la desinformación distribuida por el Gobierno comunista.
"….Gracias hermano, es la forma de decirte que mi apoyo a tu causa, nuestra causa, es incondicional…. Te queremos¡¡¡", es uno de los comentarios recibidos en la página Payá.
Por su parte, el líder del MCL comenta: "Amanece y comenzó a llover. Dios moja la tierra reseca y revive la vida. Cuando parece que todo esta perdido descubrimos ¿qué nos queda aún a los cubanos? TODOS SOMOS CUBANOS ¿qué nos une?
La dirección del sitio web es http://es-la.facebook.com/people/Oswaldo-Paya/1130642190
#CHILE. CÁMARA APRUEBA PEDIDO DE LIBERACIÓN INMEDIATA DE DETENIDOS EN LA OPERACIÓN ISARELÍ
Con el apoyo de todas las bancadas de
El proyecto, elaborado por el diputado DC Fuad Chahin, pide que se exija “la liberación inmediata de todos los detenidos en la operación israelí, en aguas internacionales, que afectó a dicha flota.
Se pide, además, que “cese el bloqueo israelí a
La iniciativa agrega que “se cite a
En la defensa del proyecto, el diputado DC René Saffirio señaló que “las explicaciones entregadas por el embajador israelí atentan contra la inteligencia internacional”, refiriéndose a las declaraciones del personero que aseguró que existe un “complot comunicacional”. Saffirio señaló que “las violaciones de los derechos humanos deben condenarse siempre y en cualquier lugar del mundo”.
El proyecto de acuerdo fue firmado por diputados de todas las bancadas, incluyendo, entre otros, a los diputados Ivan Moreira, Sergio Aguiló, Karla Rubilar, Marcelo Díaz, René Saffirio, Matías Walker y Sergio Ojeda.
La 'Flotilla de










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